Programa de Adecuación Legal
¿Qué se canjea?
El PAL contempla tres aristas de adecuación:
- Canjear el derecho que tiene un propietario con más del 25% de reserva forestal de utilizar dicha reserva, por las obligaciones de aquel que no cumplió con la Ley Forestal 422/73 y que se encuentra en falta. En este caso el derecho debe ser cobrado, para que ambos se beneficien; el ambiente es el otro beneficiado.
- La adecuación de los propietarios en infracción mediante la reforestación de su propiedad.
- La adecuación de los propietarios en infracción mediante la reforestación en otra propiedad, dando prioridad al restablecimiento de los corredores biológicos establecidos en la Visión de Biodiversidad.
¿Quiénes establecen el acuerdo?
- Secretaría del Ambiente (SEAM), encargada de otorgar las licencias ambientales
- Dirección del Servicio Forestal Nacional(SFN), Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), para la ley 422 forestal.
- Fiscalía del Medio Ambiente.